AUTO CONSTITUCIONAL 0466/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0466/2010-CA

Fecha: 20-Jul-2010

I.1. Antecedentes

Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2008, cursante de fs. 34 a 37 vta., el recurrente señala que después del amparo constitucional, interpuesto por la Cooperativa de Servicios de Telecomunicaciones Tarija Ltda. (COSETT), contra la institución que representa, el cual fue rechazado in límine mediante Auto de 5 de noviembre de 2008 por las autoridades recurridas, COSETT impugnó dicho Auto solicitando al mismo tiempo la aplicación de la medida precautoria de suspensión de la ejecución, según art. 99 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).

Accediendo a esta solicitud, la Sala Social y Administrativa mediante Resolución de 10 de noviembre de 2008, aplicando el art. 99 de la LTC, dispuso dejar sin efecto, las retenciones de los fondos de las cuentas bancarias de COSETT, habiéndose aclarado al día siguiente a través de otra Resolución que la medida fue dispuesta respecto a la ejecución tributaria.