AUTO CONSTITUCIONAL 0485/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0485/2010-CA

Fecha: 26-Jul-2010

la norma impugnada no se aplicará a la decisión final del proceso

        En el presente caso, el recurrente incumplió con lo establecido por el art. 59 de la LTC, referido a la procedencia del recurso en los procesos judiciales o administrativos cuya decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de una ley, decreto o cualquier género de resolución no judicial aplicable a aquellos procesos; advirtiéndose del mismo, que la norma impugnada no se aplicará a la decisión final del proceso, consecuentemente, ante la imposibilidad de ingresar al análisis de fondo el incidente debe ser rechazado por carecer de fundamento jurídico-constitucional.