AUTO CONSTITUCIONAL 0495/2010-CA
Fecha: 27-Jul-2010
consulta
En consulta la Resolución Administrativa (RA) 304/2008 de 23 de septiembre, cursante de fs. 1 a 2, pronunciada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Adalberto Jiménez Morales, Juez de Instrucción Mixto de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, demandando la inconstitucionalidad de la las frases "…o grave deterioro a la imagen del Poder Judicial.." y "…deterioro a la imagen del Poder Judicial…" (sic), contenidas en el art. 23.1 y 2 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), por la supuesta vulneración de los arts. 7 inc. a) y 116.VI de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).