AUTO CONSTITUCIONAL 0498/2010-CA-BIS
Fecha: 26-Jul-2010
RECHAZA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud de la atribución conferida por el art. 31 inc. 1) de la LTC, concordante con los arts. 33.I inc. 1) y 82.III de la misma Ley, RECHAZA el recurso directo de nulidad, interpuesto por Mario Uribe Melendres, Fiscal General de la República a.i., contra Oswaldo Fong Roca, Elena Lowenthal Claros de Padilla y Teresa Rosquellas Fernández, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, demandando la nulidad de las Resoluciones, decretos y actuaciones emitidas y realizadas por las autoridades recurridas en el recurso de hábeas corpus, interpuesto por Leopoldo Fernández Ferreira contra los Ministros de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia y José Luís Baptista Morales y Héctor Sandoval Parada, Ministros de la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, el Fiscal General de la República; Williams Dávila Salcedo, Juez Quinto de Instrucción en lo Penal de La Paz; Walker San Miguel, Ministro de Defensa Nacional; Alfredo Rada, Ministro de Gobierno y Manuel Guzmán Bustillo, Director del Recinto Penitenciado de San Pedro de La Paz, y en su contra.