AUTO CONSTITUCIONAL 0509/2010-CA
Fecha: 26-Jul-2010
rechazó
Por Resolución de 4 de noviembre de 2008, cursante de fs. 10 a 11 vta., pronunciada por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental, con la siguiente fundamentación: a) Que el recurso fue planteado por Cármen Ayala Camacho en representación de Mauro Núñez Vargas, sin que el poder otorgado le faculte interponer recurso incidental de inconstitucionalidad, siendo que este recurso es independiente del proceso ejecutivo; y , b) No existe ningún pronunciamiento pendiente en el que tuviera que aplicarse el art. 80 de la LA, puesto que las Resoluciones han cobrado ejecutoria, haciendo inviable y sin fundamento la solicitud.