Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0484/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
improcedente
La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, pronunció la Resolución de 15 de diciembre de 2006, cursante de a 64 y vta., por la que declaró improcedente el recurso, bajo los siguientes argumentos: a) Existen procesos civiles pendientes, entre la recurrente y el recurrido, sobre el inmueble objeto del recurso; b) Cuando el derecho propietario o posesorio es afectado, existe la vía judicial ordinaria expedita a dicho efecto.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- improcedente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Marco legal y doctrinal
- III.4. Análisis del caso
- APROBAR