AUTO CONSTITUCIONAL 0225/2010-RCA
Fecha: 27-Ago-2010
II.3. Análisis del caso elevado en revisión
En el caso de autos, Susana Peñaranda de Del Granado, Erika María Brockmann Quiroga, Julio Eduardo Aliaga Lairana, Rómulo Walter Reyes Villa Méndez y María del Rosario Sandra Paz Ballivián, considerándose afectados en sus derechos fundamentales instauran la presente acción de amparo constitucional contra Evo Morales Ayma, Presidente de la Républica y Álvaro García Lineras, Vice Presidente, Luís Exeni Rodríguez, Presidente de la CNE.
Señalan que, tanto la sanción, promulgación y ejecución de la Ley del Referéndum de Mandato Popular, son actos ilegales y arbitrarios, por cuanto ésta, modifica la estructura constitucional vigente, pretendiendo introducir la figura de la revocatoria de mandato, institución distinta al Referéndum proclamado en nuestra normativa constitucional; argumentando que la mencionada norma, pretende modificar la duración del mandato presidencial de cinco años establecida en la Constitución Política del Estado, situación que implica la vulneración de la jerarquía normativa imperante, actos que provocan confusión y vulneran la seguridad juridica y la igualdad efectiva, desnaturalizando lo que es el referéndum y lo que es la revocatoria de mandato.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- improcedencia in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- I.
- II.3. Análisis del caso elevado en revisión
- . Por cuanto la acción de amparo constitucional no es subsidiario de otros recurso extraordinario corresponde su improcedencia in línime
- APROBAR