AUTO CONSTITUCIONAL 0555/2010-CA
Fecha: 11-Ago-2010
consulta
En consulta la Resolución de 12 de enero de 2009, cursante de fs. 70 a 72, pronunciada por el Superintendente de Pensiones, Valores y Seguros a.i., por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulada por Fernando Arce Grandchant, representante de Seguros Illimani S.A., demandando la inconstitucionalidad de los arts. 12 incs. a) y b), 16.I, II y 17.I de la Resolución Administrativa (RA) IS 602 de 24 de octubre de 2003, emitida por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, asimismo, los arts. 23, 40, 69.II del Decreto Supremo (DS) 27175 de 15 de septiembre de 2003, por supuestamente vulnerar los derechos, garantías y principios, citando al efecto los arts. 7, 228 y 229 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
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- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la solicitud
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- carece de fundamento jurídico-constitucional
- APROBAR