AUTO CONSTITUCIONAL 0571/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0571/2010-CA

Fecha: 18-Ago-2010

APROBAR

El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad conferida por los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 1) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR con los argumentos expuestos la Resolución Judicial 04/2009 de 27 de enero, (fs. 6 a 7), pronunciada por el Juez Segundo de Instrucción Mixto y cautelar de Cliza del Distrito Judicial de Cochabamba; en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Rogelio Fernández Lujan y Grover Meneses Soria.