AUTO CONSTITUCIONAL 0572/2010-CA
Fecha: 18-Ago-2010
II.4. Análisis del caso
En el caso de análisis de los antecedentes del recurso, se evidencia que dentro de la denuncia presentada por el Ministerio de Trabajo en contra de Oscar Cesar Eid Franco en representación de la EMPRESA PRODUCTORA CREATIVA “PRO CREA” S.R.L., por la infracción a leyes sociales, el incidentista y representante legal de la indicada empresa interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad de la RM 770/83, que crea impuestos de la cuota de tránsito, por considerarlos contrarias a lo dispuesto por los arts. 7, 8, 26, 31 y 228 de la CPEabrg, sin considerar que dichas disposiciones pretenden regular un aspecto de orden tributario, al margen de la Ley Fundamental abrogada, y al decir el recurrente que Resolución impugnada, es una norma ilegal que desconoce sus derechos fundamentales y garantías constitucionales y que además pretende crear pagos de naturaleza tributaria, vulnerando el principio de legalidad tributaria, que deja a la reserva a la Ley, para crearlos mediante el art. 26 de la CPEabrg. Así también indica, que la referida Resolución aprueba una norma jurídica administrativa que crea el impuesto de la “cuota de tránsito”, la que faculta al sindicato “de Artistas en Variedades”, para cobrar dinero a la empresa que representa, por la organización de eventos artísticos, si bien es cierto que sólo la ley puede crear, modificar y suprimir tributos, impuestos, tasa o contribuciones especiales; sin embargo, dichos preceptos están regulados por las diferentes resoluciones, reglamentos que tienden hacer cumplir con el mandato de la Norma Suprema Abrogada, como en el presente caso, conforme lo señala el DS 15608 que a través de sus arts. 2 y 3, establece que los contratantes quedan obligados a depositar el importe de la contribución que corresponda sobre cada contrato, en la cuenta denominada “Sedes Sociales para Trabajadores en Espectáculos en Variedades” y su cumplimento esta encomendado al Ministerio de Trabajo a través de una Resolución Ministerial Reglamentaria.
- la Resolución
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- ,
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Análisis del caso
- argumentos que no corresponden a este recurso, ya que la cuestión vinculada a la creación de una tasa, derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones constitucionales no es una cuestión que deba resolverse a través de un recurso de inconstitucionalidad, por cuanto para ello existen otros medios o recursos que la propia Constitución Política del Estado reconoce al efecto -como el recurso contra tributos y otras cargas públicas-
- APRBAR