Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0591/2010-CA
Fecha: 27-Ago-2010
consulta
En consulta la Resolución de 3 de febrero de 2009, cursante de fs. 63 a 64, pronunciada por el Tribunal Unipersonal de la Unidad Distrital de Régimen Disciplinario del Consejo de la Judicatura de Cochabamba, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Salomé Guzmán Terán, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 3, 4.I, 4.III, 5, 6, 9, 11, 13, 14, 19, 21, 23, 24, 34, 46, 47, 92, 98, 100, 103, 104 y 107 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial (RPDPJ), por la vulneración de los arts. 29, 59.1ª y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).