Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0594/2010-CA
Fecha: 27-Ago-2010
APROBAR,
El Tribunal Constitucional a través de la Comisión de Admisión, en ejercicio de la facultad que le confiere los arts. 4.I y II de la Ley 003, 31 inc. 4) y 64.III de la LTC, concordante con el art. 33.I inc. 1) de la misma Ley, resuelve en consulta APROBAR, la Resolución STG-RII/0001/2009 de 16 de febrero, cursante de fs. 213 a 216, pronunciada por el Superintendente Tributario General Interino; y en consecuencia, se RECHAZA el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Farhad Ricardo Mohebbi Ortuño en representación de la Asociación Universidad NUR.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- se constituye en la nueva Norma Suprema del ordenamiento jurídico boliviano, con total supremacía frente a cualquier otra disposición normativa inferior
- II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.5. Análisis del caso
- APROBAR,