AUTO CONSTITUCIONAL 0594/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0594/2010-CA

Fecha: 27-Ago-2010

II.5. Análisis del caso

En el caso en examen, de la revisión del memorial de interposición del presente recurso cursante de fs. 183 188., se evidencia que el incidentista por la Asociación Universidad Nur, incumplió con los requisitos de admisibilidad, por cuanto, si bien cuestiona la constitucionalidad del punto 6.4 del anexo consolidado de la Resolución Normativa de Directorio 10.0037.07 de 14 de diciembre de 2007, por la supuesta vulneración del art. 27 de la CPEabrg, no explicó los motivos por los cuales consideraba que el citado numeral de la referida Resolución Normativa de Directorio era contraria a la Ley Fundamental, o la forma en que resultaba incompatible con sus principios, valores o normas, habiéndose limitado a citar como lesionado una disposición constitucional y cuestionar simplemente la proporcionalidad de la multa impuesta, pese a haber dado aviso a la Administración Tributaria del error en el que incurrieron al emitir doscientos cincuenta y tres notas fiscales, después de la fecha límite de emisión de la dosificación autorizada; aspecto que determina que el recurso carezca de fundamento jurídico-constitucional que amerite una resolución en el fondo. Así ya se pronunció este Tribunal citando al efecto los AACC 0361/2010-CA y 0521/2010-CA, entre otros.