Sentencia: 0548/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0548/2010-R

Fecha: 25-Ago-2010

importaría ineludiblemente se efectúe una nueva valoración de prueba por este Tribunal y consiguiente usurpación de funciones que no le competen, puesto que no le está permitido examinar cuestiones de fondo que le corresponde al juez ordinario

"(…) siguiendo la línea jurisprudencial, no corresponde a esta jurisdicción valorar la prueba que a través de la jurisdicción ordinaria ya fue valorada; consiguientemente este Tribunal  no puede desconocer la facultad privativa de los jueces y tribunales ordinarios para ingresar a valorar la prueba producida dentro del proceso judicial que motivó el presente recurso de amparo constitucional; toda vez que, la pretensión de la actora importaría ineludiblemente se efectúe una nueva valoración de prueba por este Tribunal y consiguiente usurpación de funciones que no le competen, puesto que no le está permitido examinar cuestiones de fondo que le corresponde al juez ordinario; sin soslayar que la finalidad concreta del recurso de amparo constitucional es la protección de derechos y garantías fundamentales, cuando se constata su vulneración o amenaza, lesión que en la especie no se evidencia, pues la accionante no ha demostrado que en el proceso ejecutivo desarrollado en su contra se hubieran vulnerado los derechos invocados"  (resaltado fuera del texto).