SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Fragmento 10

          Respecto a la retención de pacientes en los hospitales o clínicas, cuando éstos son dados de alta, por el incumplimiento en el pago de las cuentas por concepto de atención médica, este Tribunal en reiterada jurisprudencia ha señalado, que cuando un centro hospitalario del Estado, con la finalidad de obtener el pago del tratamiento, retiene al paciente no obstante de haber sido dado de alta, vulnera sus derechos a la libertad física y de locomoción, correspondiendo otorgar al afectado la tutela que brinda el art. 18 de la CPE abrg, destinado a proteger a toda persona que se creyere ilegalmente restringida o suprimida de su derecho de locomoción a consecuencia de actos de los funcionarios públicos. Al respecto este Tribunal Constitucional, ha sentado jurisprudencia en ese sentido. Así en la SC 0074/2010-R de 3 de mayo, recogiendo las líneas jurisprudenciales desarrolladas, armonizándolas con  la Ley Fundamental, ha señalado: