AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0276/2010-RCA

Fecha: 21-Sep-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente-hoy accionante-, manifiesta que dentro de la demanda social laboral dirigida por su persona en contra del BCB, interpuso recurso extraordinario de nulidad o casación, el cual fue denegado o rechazado por improcedente por las autoridades recurridas -ahora demandadas- a través del AS 312, de igual forma la solicitud de explicación que no dio ha lugar, a través del Complementario de 16 de agosto de 2008. El recurso de nulidad o casación, no es insuficiente ni defectuoso, sino por el contrario es completo, acusatorio y claro, al haberse transcrito que el proceso de reincorporación, trae la obligación del patrono al pago de sueldos y todos los beneficios sociales por el tiempo de cuatro años que duró la cesantía, acusando al respecto la infracción del art. 6 inc. g) del DS 1592, Reglamentario de la Ley de 21 de diciembre de 1948, cesantías ocasionadas con la libre contratación y relocalización establecida en el art. 55 del DS 21060.