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    AUTO CONSTITUCIONAL 0623/2010-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0623/2010-CA

    Fecha: 16-Sep-2010

    rechazó

    Mediante OM 5108/2008 de 7 de octubre, cursante de fs. 1 a 3, el Concejo Municipal de Cochabamba, que rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, argumentando que al no existir un proceso propiamente dicho, el recurso no se adecua a lo previsto en el art. 59 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazó
    • I.3. Trámite judicial en la Comisión de Admisión
    • II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
    • Constitución Política del Estado que se encuentre vigente.
    • II.4. Atribución de la Comisión de Admisión
    • carecer de fundamento jurídico-constitucional
    • el rechazo
    • revoca el rechazo y admite el recurso incidental de inconstitucionalidad, debe notificar a la autoridad consultante, a objeto de que aplique lo dispuesto por el art. 63 de la LTC
    • APROBAR

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