SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0034/2010

Fecha: 20-Sep-2010

III.4. Análisis del caso concreto

El recurrente a través del recurso directo de nulidad, denuncia que las autoridades recurridas no tienen jurisdicción ni competencia para la emisión del art. 2 del DS 29117, ya que un decreto supremo, como norma inferior a una ley especial no puede prohibir, limitar o restringir el derecho preferente otorgado por los arts. 13 y 128 del CM a los peticionarios mineros.

Ahora bien, en la especie, se evidencia que el recurrente a través del recurso directo de nulidad pide se declare nulo el art. 2 del DS 29117, publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia 2991, el  2 de ese mes y año, empero, de acuerdo a los Fundamentos Jurídicos III.2 y III.3 de la presente Sentencia, se establece que esta disposición tiene alcance general, razón por la cual no puede ser analizada a través del recurso directo de nulidad por no ser ésta la vía idónea establecida en el orden constitucional imperante para el control de constitucionalidad de normas con efectos generales.