II.1.2. Sobre el motivo de la disidencia
Sin embargo, considera que el nuevo entendimiento jurisprudencial, si bien debe ser aplicado a aquellas situaciones en las que se restringió el derecho a recurrir; empero, no debe ser empleado desfavorablemente, para denegar la tutela constitucional por falta de agotamiento de ese medio de impugnación -apelación incidental-, pues estaría efectuándose una aplicación desfavorable de la SC 636/2010-R, conforme se pasa a explicar en los fundamentos que a continuación se desarrollan.
- Partes: Mariano Medina Calderón y Felipe Nery Fernández García
- a)
- i)
- 1)
- 2)
- concesión
- II.1.2. Sobre el motivo de la disidencia
- II.2. La jurisprudencia en el tiempo
- es hacer justicia
- ,
- la búsqueda
- II.4. El caso analizado en la SC 2461/2010-R
- para efecto de denegar la tutela solicitada y limitar el acceso a la justicia constitucional, menos aún -como en el caso analizado- para revocar la concesión de la tutela.
