AUTO CONSTITUCIONAL 0286/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0286/2011-RCA

Fecha: 21-Oct-2011

I.1.  Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 1 de abril de 2011, cursante de fs. 22 a 29 vta., el accionante manifiesta que, el 12 de enero de 1993, juntamente con su esposa adquirieron el lote de terreno signado con el número 11 del manzano “L”, ubicado en la zona “Lourdes”, barrio Pedro Antonio Flores de Tarija; añade que, a pesar de la claridad del derecho propietario que tenia su vendedor, Alberto Vargas Castro, mismo que se encontraba debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), se suscitó un aparente conflicto de sobreposición respecto al lote referido, entre la empresa “ASILNALCLAS” y Alberto Vargas Castro, el cual dio lugar a procesos judiciales que fueron resueltos a favor de su vendedor.

Indica que, hace diez años a efectos de proceder a la aprobación del plano individual de lote, acudió a la Dirección de Desarrollo Urbano de la Alcaldía Municipal de Tarija, actualmente Dirección de Ordenamiento Territorial, ocasión donde fue sujeto de innumerables observaciones y la supuesta sobreposición referida; sin embargo, cuando técnicamente dilucidaron la inexistencia de la misma, señalaron que el lote de terreno efectivamente formaba parte de la urbanización de su vendedor y por lógica la venta realizada a él y a su cónyuge se ajustaba a derecho, el 18 de enero de 2011, de manera arbitraria e ilegal, Amado Flores procedió a la apertura de una puerta de salida hacia su lote lo que implicaba ocuparlo y usarlo con otros propósitos, siendo que durante muchos años tenia la puerta de acceso a su terreno hacia la calle, es así que, sus derechos sobre dicho terreno corren mayor peligro.

Con relación a la entidad denominada “ASINALCLASS”, procedió a la venta “de dicho lote” (sic), a René Valverde, teniendo conocimiento de que este lote no pertenecía a dicha Institución; posteriormente, éste lo transfirió a José Luís Castillo quien por una relación contractual que desconoce el accionante, hizo que Amado Flores, aparezca con una construcción ilegal y clandestina en la parte contigua a su lote; consumando en su contra un avasallamiento al aperturar la puerta hacia su terreno, dejando maderas, palos y tablas propias de albañil los cuales fueron colocados sobre su material de construcción; por lo que toleró esa situación con el fin de mantener la relación de vecindad y “…porque ello en el fondo no afecta su derecho propietario” (sic), sostiene que, si los demandados “…creen tener derecho (…) lejos de tomar medidas de hecho, deberían acudir a estrados judiciales, con el fin de que el Juez defina la situación controvertida” (sic).