SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1450/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1450/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

a)

Las autoridades demandadas, en audiencia informaron: a) La imposición de la medida de fianza económica no puede ser burlada, por lo que en cumplimiento de la circular 020/2008, emanada de Presidencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz,  dicha obligación debe ser cumplida; b) Al haber sido rechazada la apelación efectuada en audiencia, el Tribunal siguiente en número es el facultado para conocer cualquier solicitud de la accionante; y, c) Los tribunales de sentencia, únicamente actúan en cumplimiento de las normas procesales vigentes, razón por la cual, el hecho de que las personas procesadas no cuenten con recursos y bienes para dar cumplimiento a la normativa señalada es un tema de otra discusión.