SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1576/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
III.2. Análisis del caso de autos
Una vez especificados los supuestos por los cuales no se activa el amparo constitucional por subsidiaridad, corresponde dilucidar si por los actos denunciados de ilegales corresponde otorgarse la tutela demandada, o al contrario determinar la inviabilidad de la protección solicitada al constatar que los extremos denunciados, se encontrarían en los supuestos referidos en el fundamento jurídico referido a la subsidiariedad del amparo constitucional.
Cabe resaltar con carácter previo que del caso en revisión se establece que la accionante es propietaria del local nocturno “El Deseo”, ubicado en la Zona Noroeste sobre la carretera Cochabamba-Santa Cruz, Cantón Shinahota, jurisdicción de la provincia Tiraque del departamento de Cochabamba, que fue clausurado definitivamente mediante la RTA 23/2009, emitida por el Agente Cantonal de Shinahota.
De la revisión a los antecedentes del proceso se tiene que la accionante fue notificada con la resolución de clausura de su local el 21 de octubre de 2009, empero frente a esa resolución no solicitó la reconsideración de la clausura definitiva que sufrió su local, que no es otra cosa que una solicitud de revocatoria, que a su vez es un mecanismo legal e idóneo para reclamar y poder revertir la Resolución que a su criterio le es lesiva a sus derechos, por lo que la parte accionante omitió tomar en cuenta, de acuerdo al ordenamiento jurídico constitucional y a las reglas y subreglas desarrolladas en el Fundamento Jurídico III.1, de la presente Sentencia Constitucional, que esta acción tutelar no es subsidiaria de otros medios ordinarios.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- otorgó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo
- III.2. Análisis del caso de autos
- otorgado
- 1º