Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
concedió
La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, concedió la acción de amparo constitucional, bajo el fundamento que no es admisible aceptar el abuso y violencia hacia la mujer, ya que todo Reglamento de la entidad castrense debe sujetarse a la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la presunción de inocencia y su protección constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- “Se garantiza la presunción de inocencia”
- APROBAR