SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1597/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

“Se garantiza la presunción de inocencia”

Conforme a la jurisprudencia anteladamente desarrollada, toda persona acusada de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad conforme a ley, situación que en el caso presente no se respetó, sino que sobre la base de la escasa prueba que no evidenciaba expresamente el embarazo, se presumió el estado de gravidez para someterla a un proceso interno y así dar de baja a la accionante, conculcando el principio de presunción de inocencia previsto en el art. 116.I de la CPE, cuyo tenor dispone: “Se garantiza la presunción de inocencia”. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado o procesado”. (negrillas agregadas). 

Por otra parte, las autoridades demandadas sostienen que evidenciaron la comisión del delito de aborto cometido por la accionante; de haberse demostrado tal hecho, debieron remitir antecedentes al Ministerio Público, toda vez que es deber de toda persona y autoridad dar parte a aquella instancia para que en definitiva -previa investigación- determine las responsabilidades de ley, al no hacerlo se ha incumplido la obligación que constriñe a toda persona o autoridad de denunciar, conforme determina el art. 286 del Código de Procedimiento Penal, con las responsabilidades legales que esta inacción conlleva.