Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1611/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
i)
Ricardo Chumacero Tórrez en suplencia del demandado Anibal Miranda Balboa, Juez Tercero de Sentencia de El Alto del Distrito Judicial de la Paz, prestó informe oral en audiencia y dijo: i) El proceso penal data de hace bastante tiempo, habiéndose dictado Sentencia condenatoria contra los acusados el 9 de abril de 2005 y posteriormente otra del 9 de abril de 2009, la que fue recurrida de alzada y que el Tribunal de apelación determinó el reenvió de la causa;y, ii) Los representados del accionante tenían conocimiento del proceso en su contra, de sus emergencias y asumieron defensa activa en toda su tramitación, por lo que no estaban en indefensión.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- APROBAR