Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
Fragmento 14
En cuanto a los miembros del Sindicato de Trabajadores Administrativos Municipales de Cochabamba, también se aplica el principio de subsidiariedad pues al ser la representación del referido sindicato una de las razones por las que el Alcalde tomó la decisión de prescindir de los servicios del accionante y que consta en el memorándum impugnado, y en el recurso de revocatoria, debió agotarse previamente la vía administrativa para recién acudir a la vía constitucional.
- acción de
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad de la acción amparo constitucional
- III.2.Con relación al recurso de revocatoria y jerárquico en el ámbito Municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 14
- 2º