Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1873/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
II.2.
II.2. El 25 de enero de 2010, mediante nota dirigida al Jefe Responsable de la FELCC-LOTES. Mario Mamani Espinoza, los policías investigadores Lenin G. Pabon Carvajal y Mario Velasco Estrada, adjuntando muestrario fotográfico informaron sobre la posesión de los predios que fueron tomados, los mismos que mediante proveído paso a conocimiento del Ministerio Público (fs. 14 a 21).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. La acción de amparo constitucional, la subsidiariedad y el principio de inmediatez
- III.2. Excepción a la subsidiariedad por medidas de hecho y sub reglas de aplicación
- 1)
- III.3. Análisis del caso de autos
- concedido
- APROBAR