Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art.4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión resuelve: APROBAR la Resolución 01/2011 de 4 de febrero de “2010”,(sic) cursante de fs. 67 a 68 vta., dictada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, con la aclaración que no se ingreso al análisis de fondo de la problemática planteada con la constituida en Tribunal de garantías; y en consecuencia, DENEGAR la acción de libertad solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
- III.2. Sobre el retiro de demanda de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR