SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1913/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.2.
II.2. Por memorial presentado el 27 de enero de 2011, la representada de los accionantes interpuso ante el Juez Tercero en lo Penal Cautelar recurso de reposición por actividad procesal defectuosa, solicitando se deje sin efecto su declaratoria de rebeldía, aduciendo que esa autoridad jurisdiccional no consideró que en Secretaría cursaba una recusación en su contra que le obligaba a abstenerse de actuar en el proceso, además de que la audiencia de medida cautelar señalada para el 21 de enero del año en curso, no correspondía por cuanto la Jueza Heiddy Zapata Montaño reasumió su competencia sobre el caso, por cuanto la Sala Penal Tercera por Auto de Vista de 3 de enero, determinó rechazar el allanamiento a la recusación formulada, además de no constar los datos de radicatoria del proceso y haberse enterado que se emitió una resolución de imputación en su contra sin que hubiesen sido cumplidas las formas establecidas por el Código de Procedimiento Penal (fs. 18 a 19 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
- III.2. Sobre el retiro de demanda de la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR