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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1923/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1923/2011-R

    Fecha: 28-Nov-2011

    II.3.

    II.3.  El accionante, a través de memorial de 23 de diciembre, solicita al Tribunal (demandado), corrección de procedimiento al amparo del art. 168 del CPP, respecto al señalamiento de la audiencia que superó los 15 días, debiendo ser tan solo tres días, conforme lo establece el art. 251 del CPP (fs. 13 y vta.).

    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • a)
    • I.1.3. Petitorio
    • I.2.2.
    • “improcedente”
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • Fragmento 10
    • III.2.
    • 14 de diciembre de 2010
    • APROBAR

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