II. Caso analizado
El accionante considera lesionado su derecho a la libertad, por cuanto amparado en el art. 239.3 del CPP, solicitó la cesación de su detención preventiva por estar recluido por más de veintiocho meses sin contar con sentencia condenatoria ejecutoriada y en razón a que su solicitud fue rechazada formuló recurso de apelación que confirmó la Resolución impugnada, siendo ambas Resoluciones atentatorias a su derecho al estar basadas en un Auto Constitucional que no se constituye en precedente constitucional debido a que por regla general los precedentes obligatorios se encuentran en sentencias constitucionales que tienen efecto obligatorio y carácter vinculante.
- Magistrado:
- “I. El derecho a la libertad física o personal y las condiciones de validez para su restricción
- “serán autorizadas por resolución judicial fundamentada y sólo durarán mientras subsista la necesidad de su aplicación”.
- criterio restrictivo y se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados.
- manera cautelar y extraordinaria
- Fragmento 6
- plazo razonable
- dimensión plural
- que este derecho
- línea jurisprudencial vigente
- II. Caso analizado
- siempre y cuando cumpla las formalidades procesales razonables exigidas por las autoridades jurisdiccionales a fin de garantizar la presencia del procesado o condenado en el proceso,
