2039/2010-R

I. ANTECEDENTES

El recurrente, ahora accionante, alega que dentro del proceso penal seguido contra su representado, el Juez Tercero de Sentencia demandado, pronunció Sentencia condenatoria en su contra por el delito de abuso de confianza, fallo que no efectúa una debida valoración de la prueba, ni tampoco una adecuada fundamentación, contraviniendo con ello el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Ante esa situación, interpuso recurso de apelación restringida, resuelta por los Vocales demandados, quienes anularon la Sentencia impugnada y en errónea aplicación del art. 326 del CP, lo condenaron por el delito de apropiación indebida, omitiendo también de su parte, efectuar una debida fundamentación de la decisión asumida y sin pronunciarse respecto a todos los agravios denunciados en la alzada. Planteado el recurso de casación, los Ministros demandados mediante Auto Supremo 658, declararon infundado su recurso sin la debida fundamentación y sin referirse a todos los puntos impugnados, omitiendo actuar en el marco del art. 15 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg.).