II.1.
II.1. La SC 2669/2010-R de 6 de diciembre, concede la tutela solicitada, con el fundamento que las autoridades demandadas -al rechazar el permiso de viaje-, vulneraron normas del Código Niño, Niña y Adolescente, con relación al art. 60 de la Constitución política del Estado (CPE), transgrediendo implícitamente el principio de jerarquía normativa, ya que tratándose de aspectos concernientes a la protección de los derechos de una menor, el interés superior del niño, se plantea como un estándar jurídico a tener en cuenta a la hora de legislar y de juzgar, debido a que toda decisión que tenga que ver con el niño, niña y adolescente debe tener en cuenta primordialmente sus derechos, con base en el principio de prelación, concluyendo que el interés superior contemplaría dos aspectos, uno por parte del Estado a fin de proveer los medios necesarios para el desarrollo pleno de la niñez, adecuando instituciones y la legislación en base a los principios de la Convención; y por el otro, la de escuchar a los menores a fin que sean sujetos prevalentes de derechos y no como objetos de un sistema jurídico, penando sólo en la exclusiva finalidad del adulto.
