Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 036/2011-RCA
Fecha: 07-Feb-2011
APROBAR,
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR, la Resolución de 20 de junio de 2009, cursante a fs. 53 y vta, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, con la aclaración antes efectuada.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazo in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- inmediatez
- en el plazo máximo de seis meses
- SC 1039/2010-R de 23 de agosto
- El análisis formal previo a la admisión del recurso de amparo constitucional, no debe ser aislado, sino integral
- el 2 de octubre de ese año,
- APROBAR,