Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 043/2011-RCA
Fecha: 14-Feb-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR con los argumentos expuestos, la Resolución 033/2009 de 15 de agosto, cursante a fs. 133 a 134 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, declara la IMPROCEDENCIA de la acción tutelar.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso venido en revisión
- cuando se impugne otra Resolución de amparo constitucional, dictada por el Tribunal de garantías o el Tribunal Constitucional
- APROBAR