AUTO CONSTITUCIONAL 046/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 046/2011-RCA

Fecha: 14-Feb-2011

improcedente in límine

La Sala Social, Administrativa  y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 267/2009 de 28 de julio, cursante de fs. 26 a 27, declaró improcedente in límine la acción, con el fundamento de que el amparo radica esencialmente en los antecedentes y consecuencias de un remate de inmueble realizado en ejecución de fallo, advirtiendo ausencia de desarrollo y exposición de los derechos y garantías que hubiesen sido vulnerados, limitándose únicamente el accionante a señalarlos, sin observar a cabalidad la norma contenida en el art. 97.III y IV de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), referidos a exponer con precisión y claridad los hechos que sirven de fundamento y precisar los derechos y/o garantías que se consideren restringidos, suprimidos o amenazados, inviabilizando por ende la procedencia de la acción.