AUTO CONSTITUCIONAL 058/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 058/2011-RCA

Fecha: 21-Feb-2011

II.2.1. Rechazo in límine de la acción de amparo constitucional por la ausencia de los requisitos de contenido

El art. 97 de la LTC en forma taxativa, ha establecido los requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de toda acción de esta naturaleza, su omisión dará lugar al rechazo del mismo. De ahí que resulta conveniente puntualizar la relevancia procesal que tienen los requisitos de contenido, referidos en dicho artículo y concretamente el parágrafo VI, sobre la precisión del amparo que se solicita.