SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0001/2011-R

Fecha: 07-Feb-2011

II.3.

II.3. Por memorial presentado el 29 de enero de 2009, la accionante solicitó extinción de la acción penal, a favor de su representada, aduciendo que no ha obstruido ni obstaculizado la administración de justicia en el proceso, además, que existe duración máxima del proceso. Mediante proveído de 30 de ese mes y año, el Juez Técnico, Medardo Vargas Álvarez, responde que dicha solicitud debe ser tramitada en cuanto esté constituido el Tribunal, conforme lo establecido en el art. 52 del CPP (fs. 21 a 22).