Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Los Jueces Técnicos demandados, en el informe escrito presentado en audiencia, señalaron que la imputada fue beneficiada con la cesación de la detención preventiva, y si ella continúa detenida, es porque no endosó el monto que se le fijó, así como tampoco su abogado solicitó otras medidas, como ser la rebaja del monto fijado, ni su modificación.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La configuración de la acción de libertad en la actual Constitución
- 1.
- en materia penal
- Fragmento 12
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. El caso concrete analizado
- APROBAR