SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0021/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas vulneraron sus derechos a la libertad y al debido proceso, dado que el proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión de los delitos de secuestro y asociación delictuosa, se inició el 7 de de enero de 2005, y hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar transcurrieron más de cuatro años y dos meses, sin que existan querellantes ni se hubiere constituido el Tribunal con jueces ciudadanos, solicitando en reiteradas oportunidades la extinción de la acción penal sin que su petición se resolviera. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.