SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0080/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
1)
Claudio Tórrez Fernández, Juez Técnico del Tribunal Séptimo de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, prestó informe oral en audiencia, manifestando: 1) El 17 de diciembre de 2008, se remitió el expediente a conocimiento de ese Tribunal, habiéndose constituido el 15 de enero de 2009, el Tribunal de Sentencia; 2) En la etapa de juicio oral ha planteado el incidente de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que el Tribunal en la misma audiencia ha emitido la Resolución 35/09 de 5 de marzo de ese año, rechazando el mismo, porque si bien han transcurrido más de tres años, según la jurisprudencia constitucional se deben cumplir con las condiciones materiales, es decir, que hechos han ocasionado la demora del proceso, estableciéndose de los antecedentes que el procesado ha sido declarado rebelde lo que interrumpe el plazo,; Resolución que se encuentra en apelación; y, 3) Se ha presentado la cesación a la detención preventiva el 6 del mismo mes y año, habiéndose señalado audiencia para el 13 del señalado mes y año, que no se llevó a cabo, encontrándose a la fecha pendiente de resolución.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- “improcedente”
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Finalidad de la acción de libertad
- III.2. Proteccion de la accion de libertad respecto a la persecución ilegal y procesamiento indebido
- procesamiento indebido o persecución ilegal
- sin embargo, cuando se invoca procesamiento indebido o persecución ilegal, éstos a efecto de ser tutelados deben estar necesariamente vinculados al derecho a la libertad, caso contrario podrá ser reparado por otro mecanismos de defensa
- a)
- APROBAR