Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0167/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Dentro del fenecido proceso de divorcio que le siguió Patricia Sandra Numberg Aguilera a su representado, que se tramitó en el Juzgado Segundo de Partido de Familia, el 17 de marzo de 2008, la demandante solicitó la liquidación de la asistencia familiar devengada y la citación por edictos sin considerar que su representado se encontraba trabajando en España y que el beneficiario ya era mayor de edad, por lo tanto con capacidad jurídica plena para obrar por sí mismo, pese a ello el Juez demandado, ordenó se libre mandamiento de apremio contra Francisco Antonio Serrate Justiniano, el 28 de mayo de 2008, que fue ejecutado 1 de abril de 2009 en forma indebida.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- Fragmento 2
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- 1)
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -bien jurídico primario y fuente de los demás derechos del ser humano-
- El informalismo
- presentación oral
- II.2. La acción de libertad, el debido proceso y el estado de indefensión
- en forma concurrente,
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR