AUTO CONSTITUCIONAL 089/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 089/2011-RCA

Fecha: 10-Mar-2011

rechazo in límine

El Juez de Partido Mixto de Uyuni del Distrito Judicial de Potosí, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 27 de marzo de 2010, cursante a fs. 31 vta. a 32, declaró el rechazo in límine de la acción, en sentido de que la acción no cumple con los requisitos previstos por los parágrafos III, IV, V y VI del art. 97 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), referidos a la exposición clara de los hechos que sirvan de fundamento a la acción, la precisión de los derechos y garantías que se consideran restringidos, suprimidos o amenazados, al acompañamiento de las pruebas en que se funda la pretensión y el de fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía; además, omite señalar a los terceros interesados.