AUTO CONSTITUCIONAL 098/2011-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 098/2011-RCA

Fecha: 16-Mar-2011

improcedente in límine

La Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 20/10 de 17 de abril de 2010, cursante a fs. 109, declaro improcedente in límine la acción, con el argumento de que la acción de amparo constitucional por la que se solicita se anule el informe AN-GRLPZ-PLAPLI-FISEMU 098/2008, las Resoluciones impugnadas 150/2009, Resolución de sobreseimiento 011/2009 de 21 de mayo y Resolución ratificatoria JGR “629/09 de 12 de julio de 2009”, fue interpuesta el 15 de abril de 2010, transcurriendo más de nueve meses desde la última Resolución cuestionada, evidenciándose haberse planteado extemporáneamente la acción; en ese sentido, se hace inviable su admisión.