SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0182/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Por memorial presentado el 11 de mayo de 2009, cursante de fs. 5 a 6 vta., el accionante alega que, dentro el proceso penal que se tramita en la Sala Penal Segunda del Distrito Judicial de La Paz, el 15 de abril de 2009, para la audiencia de fundamentación oral de la apelación restringida interpuesta, de manera dolosa y arbitraria la demandada, en oportunidad de presentar el memorial de recusación contra el Presidente de la Sala Penal Segunda y, en presencia de testigos, decidió no recepcionar el mismo, sin considerar el daño que ocasionaba con ese accionar que derivaría en una injusta privación de libertad con treinta años de cárcel, conociendo la denunciada que, lo exigido, nunca fue un requisito esencial para la presentación de recusaciones, ni aún para la propia apelación restringida.