Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0185/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
a)
El accionante manifestó que la autoridad demandada, lesionó sus derechos a la libertad, a la presunción de inocencia, al debido proceso y al principio de objetividad, por cuanto: a) Fue aprehendido en cumplimiento de una orden librada por el Fiscal demandado, pese a que presentó un memorial solicitando se suspenda la audiencia y se fije otra; y, b) Dispuso que sea conducido a celdas de la policía, luego de abstenerse de presentar su declaración. Corresponde analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- “procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- a)
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad
- efectivos y oportunos de defensa
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR