Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0220/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso de autos, el motivo esencial de la presente acción, es la lesión al debido proceso y su componente del derecho a la defensa que señala el accionante repercute directamente en el derecho a la libertad; sin embargo, no es posible a través de esta acción esencial, ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada, toda vez que no corresponde en la vía de acción de libertad, subsanar lesiones al debido proceso en cualquiera de sus componentes, salvo que de los antecedentes se determine la concurrencia de los supuestos establecidos en la SC 0619/2005-R de 7 de junio.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y ámbito de protección de la acción de libertad
- se constituye en una garantía jurisdiccional esencial, pues su ámbito de protección ahora incorpora al derecho a la vida -
- El informalismo
- presentación oral
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.3. Análisis del caso concreto
- causa directa