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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0242/2011-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0242/2011-R

    Fecha: 16-Mar-2011

    “procedente”

    En consecuencia, el Tribunal de garantías, al haber declarado “procedente” el amparo deducido, aunque en uso de la terminología correcta correspondía conceder, no ha valorado los antecedentes que cursan en el proceso, ni efectuando una aplicación cabal de la norma prevista por el art. 128 de la CPE.

    • acción
    • I.1.1. Hechos que la motivan
    • ,
    • a)
    • concedió
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • 1)
    • III.2.
    • “procedente”
    • REVOCAR

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