Magistrado :
En el caso del epígrafe venido en revisión, el suscrito Magistrado, expresó su desacuerdo con la decisión de conceder la tutela solicitada con los argumentos expuestos en la aludida Sentencia, en cuyo mérito, de acuerdo a lo dispuesto en el art. 47.II de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), fundamenta su disidencia, conforme a los siguientes términos:
- Partes :
- Magistrado :
- I. ANTECEDENTES
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.2. La extinción de la acción penal: autoridad competente y trámite para su resolución
- el tribunal de casación no tiene facultad para tramitar una petición de extinción de la acción
- II.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
