2041/2010-R

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

La SC 2041/2010-R de 10 de noviembre, concede la tutela solicitada, con el argumento que se evidenció que las autoridades judiciales demandadas resolviendo la solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso del representado del accionante, conforme lo dispone el art. 133 del CPP, mediante el Auto Supremo 45 de 19 de enero de 2008, rechazaron la misma sin individualizar con un orden estricto y ordenado a los distintos imputados que al igual que el representado del accionante plantearon sus respectivos incidentes de extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo, acarreando inseguridad respecto a cuales exactamente eran los actos supuestamente dilatorios que cada uno de los involucrados pudo haber propiciado, evidenciando así tambien que en el aludido Auto Supremo en ningún momento se mencionó al representado del accionante, excepto al inicio de la Resolución, dejándolo en absoluto estado de indeterminación respecto a cuáles son los fundamentos y argumentos por los cuales se declaró “no ha lugar” a su solicitud de extinción de la acción penal.